Desde el 6 de diciembre de 2023 ya está publicado el Reglamento VeriFactu. Podemos encontrarlo en el BOE Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Este reglamento establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos o electrónicos usados por empresas o por autónomos para realizar la facturación, y a su vez determina los formatos estándar que deben cumplir los registros de facturación.
El objetivo principal del Reglamento VeriFactu es la lucha contra el fraude. Garantiza “la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación”.
El modelo en el que se ha inspirado la AEAT para Veri*Factu es muy similar al del TicketBAI implantado en Gipuzkoa, Araba y Bizkaia. Se ha basado en él desde el punto de vista legislativo y técnico.
¿A quién afecta el reglamento VeriFactu?
El sistema VeriFactu está estrechamente relacionado con la Ley Antifraude 11/2021. Cumplir con las exigencias referidas al software de facturación de la ley va a ser obligatorio para todas las empresas y autónomos de España salvo las excepciones. Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información o SII, las empresas con razón social en Bizkaia, Gipuzkoa y Araba, cuyo tejido empresarial ya cumple con el análogo TicketBAI, y aquellos organismos que no estén obligados a facturar. La adopción de VeriFactu no es obligatorio pero facilita cumplir con la ley.
¿Cuándo entra en vigor el reglamento VeriFactu?
Las empresas y autónomos obligados deberán tener sus sistemas informáticos adaptados al Reglamento VeriFactu antes del 1 de julio de 2025.
Las empresas proveedoras de software de facturación deberán tener sus sistemas preparados para cumplir con la norma en un plazo de 9 meses desde la publicación del reglamento.
¿Qué cambios supone VeriFactu?
Uno de los cambios más importantes que va a traer VeriFactu a las empresas es que los registros de facturación deben enviarse a la Agencia Tributaria en el momento en que se producen: factura que creemos, factura que deberemos remitir de forma inmediata a la sede electrónica.
Los sistemas informáticos que usemos para facturación tienen que garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, e inalterabilidad de los registros. Una vez que emitamos una factura ya no la podremos modificar. Además, estos sistemas deben de ser capaces de remitir esta información a la AEAT de forma continua, instantánea, automática, íntegra, segura, consecutiva, sin errores y fehacientemente.
Medidas de seguridad de las facturas
Estas facturas contendrán una serie de medidas de seguridad para garantizar que sean válidas y no se puedan manipular.
- Su numeración debe ser consecutiva y concatenada.
- Las facturas deben ser de un formato estándar y contar con una estructura concreta que será marcado por la Agencia Tributaria. Los formatos estándar facilitan la interoperabilidad con Hacienda y con otras empresas.
- Otros elementos de seguridad que obligatoriamente deberán cumplir es tener firma electrónica y contener un hash encadenado o código numérico específico y único que la identifica unívocamente.
- Cuando la factura o ticket se imprima en papel también deberá contener un código QR para poder leerla y saber si se ha declarado a Hacienda correctamente. Para los intercambios digitales este código no será obligatorio.
- Deben hacer referencia al sistema VeriFactu con la expresión “Veri*Factu”.
El sistema VeriFactu de lucha conta el fraude va a suponer un enorme cambio para la gestión diaria de las empresas y va a contribuir a un sistema tributario más justo. En Grupo Igarle, estamos comprometidos con la adaptación proactiva con normativas que afectan a la gestión empresarial. Por este motivo, ya estamos inmersos en la actualización de nuestros softwares ERP, incluyendo tanto Nucleo ERP como SAP Business One, para garantizar su plena compatibilidad con las nuevas especificaciones técnicas del sistema VeriFactu. Con nuestra solución MOGATID somos capaces de resolver hasta los escenarios más complicados con ERPs sin soporte o miles de TPVs.
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