El 2 de diciembre de 2025, el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley que modifica el Real Decreto 1007/2023 y aplaza un año la entrada en vigor de VeriFactu para los obligados tributarios. La decisión, anunciada por el Ministerio de Hacienda, responde a las dificultades prácticas detectadas en el sector: muchos programas de facturación aún no estaban certificados y las organizaciones empresariales reclamaban un margen adicional.
Los nuevos plazos
Con esta modificación, los plazos de obligatoriedad para los usuarios finales quedan así:
- 1 de enero de 2027: empresas contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: resto de empresas, autónomos y profesionales.
Es importante subrayar que el aplazamiento afecta exclusivamente a los obligados tributarios usuarios finales. Los productores y comercializadores de software mantienen el plazo ya establecido: sus productos deben estar adaptados a VeriFactu desde el 29 de julio de 2025. Cualquier software de facturación adquirido o renovado a partir de esa fecha debe ser conforme al reglamento.
Nuestra valoración
Desde Grupo Igarle consideramos que este aplazamiento es una oportunidad real para que las empresas que aún no han iniciado su adaptación lo hagan con tranquilidad y rigor. Nucleo NUX y Mogatid ya está preparado para VeriFactu. Si tu ERP no tiene solución, este es el momento de planificar la integración sin urgencias.
